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TP= Tiempo de permanencia durante el cual estuvo presente la irregu-
laridad en meses.
Cuando el usuario no permita realizar la medición de corriente con to-
dos los equipos funcionando, el cálculo del consumo no registrado o
medido se realizará con base en el calibre de la acometida.
CASO 4. DETERMINACIÓN DEL CONSUMO PARA INSTALACIONES CON
CONSUMO PROVISIONAL (EVENTOS) O NO PERMANENTE:
El consumo para instalaciones con servicio provisional o no perma-
nente y que no se les instale medidor de energía, se determinará con
base en la carga instalada y un factor de utilización (FU) del cuarenta
por ciento (40%) cuando se conecten a la red secundaria o con base
en la capacidad instalada de transformación y un factor de utilización
(FU) del sesenta por ciento (60%) en los demás casos.
CASO 5. DETERMINACIÓN DEL CONSUMO FACTURABLE PARA USUARIOS
DE ENERGÍA ELÉCTRICA QUE CAREZCAN DE MEDICIÓN INDIVIDUAL POR
RAZONES DE TIPO TÉCNICO, DE SEGURIDAD O DE INTERÉS SOCIAL.
El consumo facturable a usuarios residenciales que no cuenten con
equipos de medida por razones de tipo técnico, de seguridad o de in-
terés social se determinará con base en el consumo promedio de los
últimos seis (6) meses de los usuarios del mismo estrato que cuenten
con medida, Para usuarios no residenciales, el consumo se determina-
rá con base en aforos individuales. Si no fuera posible hacer el aforo, se
usará alguno de los métodos anteriormente descritos.
OBSERVACIÓN: Para los demás casos no indicados de manera expresa
en el presente anexo, el consumo no registrado o medido se determi-
nará con base en una de las fórmulas establecidas en los casos ante-
riores.
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