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Contribución de solidaridad: es un gravamen con destinación especí-
fica que los USUARIOS residenciales de estratos 5 y 6, así como los no
residenciales pagan, por encima del costo unitario de prestación del
servicio y cuyo valor resulta de aplicar el factor que determina la ley y
la regulación.
Crédito de energía: Cantidad de energía exportada a la red por un
AGPE con FNCER que se permuta contra la importación de energía que
éste realice durante un periodo de facturación.
CREG: Comisión de Regulación de Energía y Gas.
Debido Proceso: principio y derecho constitucional consagrado en el
artículo 29 de la Carta Política que guarda relación directa con el de-
recho a la defensa y que se rompe en la medida en que se omite un
procedimiento procesal o se viola sustancialmente una norma. Hacen
parte del debido proceso el derecho a la defensa, el de contradicción
de la prueba, el consagrado en el artículo 158 de la Ley 142 de 1994 y el
de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Nacional y
demás normas concordantes.
Decisión Empresarial: acto administrativo expedido por LA EMPRESA en
ejercicio de una función pública.
Defraudación de Fluidos: Es un delito tipificado en el artículo 256 del
Código Penal, que a la letra dice: “Aquel que mediante cualquier me-
canismo clandestino o alterando los sistemas de control o aparatos
contadores, se apropie de energía eléctrica, agua, gas natural, o señal
de telecomunicaciones, en perjuicio ajeno, incurrirá en prisión de uno
(1) a cuatro (4) años y en multa de uno (1) a cien (100) salarios míni-
mos legales mensuales vigentes”.
Días: cuando dentro del presente contrato se haga mención a días, se
entenderá siempre que se trata de días hábiles, es decir, los determi-
nados como laborables para LA EMPRESA, a menos de expresarse lo
contrario.
Directiva de Gerencia: documento expedido por la Gerencia General
de LA EMPRESA, en la cual se adoptan políticas y directrices organiza-
cionales.
Energía Activa: energía eléctrica potencialmente transformable en tra-
bajo o iluminación. En Colombia se factura en $/kWh (kilovatios hora).
Energía: capacidad de efectuar un trabajo.
Equipo de Medida Testigo: equipo de medida de respaldo, conectado
a la misma carga que registra el equipo de medida del SUSCRIPTOR
y/o USUARIO, pero que no se encuentra ubicado en el mismo sitio para
corroborar el correcto funcionamiento del equipo de medida principal.
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