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de Procedimiento Administrativo y de lo contencioso Administrativo, o
cualquier norma que lo modifique o adicione.
La revocatoria requerirá de la expedición de acto motivado, debiendo
garantizarse el debido proceso.
CAPÍTULO IX. MEDIDAS QUE FACILITAN RAZONABLEMENTE
VERIFICAR LA EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y
FALLAS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Cláusula Cuadragésima – Medidas que facilitan razonablemente ve-
rificar la ejecución y cumplimiento del contrato:
Por parte de LA EMPRESA:
• Revisiones periódicas para determinar el estado del sistema de me-
dida, garantizar la lectura, facturación y modalidad del servicio.
• Revisión de los pagos y clasificación de cartera.
Por parte del SUSCRIPTOR y/o USUARIO:
• Pleno ejercicio de peticiones, quejas, reclamos y recursos
• Verificación del contenido de la factura
Cláusula Cuadragésima Primera - Falla en la prestación del servicio:
existe falla en la prestación del servicio en los siguientes casos:
1. Cuando LA EMPRESA no cumpla con la prestación continúa del ser-
vicio objeto de este contrato. Dicho incumplimiento dará derecho al
SUSCRIPTOR y/o USUARIO, a las siguientes reparaciones:
a) A que no se le haga cobro alguno por conceptos distintos del consu-
mo, o de la adquisición de bienes o servicios efectivamente recibidos,
si la falla ocurre continuamente durante un término de quince (15) días
o más, dentro de un mismo período de facturación.
b) A la indemnización de perjuicios, que en ningún caso se tasarán en
menos del valor del consumo de un día del SUSCRIPTOR y/o USUARIO
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